Paga más quien más tiene? (Parte II)

El uso de sociedades de capital para la gestión y organización del patrimonio familiar es bastante común y perfectamente legítima. Lo que pasa es que en muchas ocasiones se abusa de ellas con un único objeto y es el de beneficiarse de una mejor tributación con respecto del tipo marginal máximo del IRPF. Estas grandes fortunas que utilizan dichas estructuras están dentro de la legalidad, por lo que nadie duda de ellas.

Pero no hay que olvidar que estos grandes patrimonios sólo obtienen una pequeña parte de sus ingresos a través de las rentas del trabajo o de actividades profesionales. Desde un punto de vista equitativo y de redistribución de la riqueza sería injusto incrementar los tipos marginales (más de lo que están) del IRPF ya que además no les supondría un incremento adicional de su tributación, pero en cambio sí gravaría a los contribuyentes que obtienen a través de su trabajo su única fuente de ingresos.

De ahí que desde un punto de vista de justicia distributiva, considere que se debería establecer un impuesto exclusivo para dichas fortunas. De sobra es bien conocido que las únicas formas de gravar estos patrimonios son a través del Impuesto del Patrimonio y del Impuesto de Sucesiones pero que en algunos casos (por no decir la mayoría de ellos) la tributación es muy baja o nula por causa de las exenciones, reducciones y bonificaciones que aplica la norma y en especial las CCAA.

Por otro lado, es intolerable que los ingresos públicos recaigan sobre los menos afortunados, básicamente aquellos que tributan a través del IRPF. Tributar por el patrimonio es tributar por la riqueza que normalmente es más complicada que salga de un país, no así por las rentas ya que éstas se podrán recibir y tributar por ellas allí donde esté la residencia habitual del contribuyente, sea España o cualquier otro país en el que decida residir. No se puede ignorar la realidad y creo que las administraciones públicas tanto estatales como locales (en especial las CCAA), deben hacer un esfuerzo para que a través de la tributación se redistribuya la riqueza y que la carga tributaria sea soportada de manera más justa por los contribuyentes con el ánimo de evitar agravios comparativos. Evidentemente, con las garantías legales correspondientes.

Reforma fiscal. ¿Paga más quien más tiene?

La renta disponible de los hogares españoles está de cada vez más resentida (retrocedió un 3,2% en el segundo trimestre del 2012) y como consecuencia se consume menos y por tanto se genera menor riqueza. Es evidente que el efecto de las subidas de los tipos impositivos del IRPF está castigando a aquellos que tienen sus ingresos más controlados por la administración tributaria, especialmente aquellos que reciben sus emolumentos a través de una nómina. El IRPF como ya se ha comentado en innumerables ocasiones, es uno de los impuestos por el que más recauda el Estado, pero dudo mucho que realmente sea un impuesto que cumpla con el principio de capacidad económica y de progresividad.

Muchos son los que buscan otras vías de tributación alternativas, con tipos más reducidos y por tanto más beneficiosos para estos “contribuyentes”. Por ejemplo, España ha sido uno de los países con una fiscalidad más atractiva para futbolistas, cuyo tipo de tributación les permite ser contribuyentes residentes fiscales y tributar como no residentes a un tipo del 24% durante los 6 primeros años sólo para las rentas generadas en España, frente al contribuyente español con un tipo marginal de hasta el 52% (para rentas superiores a 300.000 Euros) y que deberá tributar por sus rentas mundiales.

Por otro lado, en España las grandes fortunas se configuran a través de SICAV (Sociedades de Inversión de Capital Variable) cuyo beneficio tributa al 1%, frente al 25% de las Pymes o el 30% de las otras sociedades y sus partícipes individuales tributan por el IRPF, al vender sus participaciones, a un tipo que va del 21% al 27%. Sin embargo, buscar alternativas a no tocar los tipos marginales sería una buena medida de recaudación. Se ha comentado con cierta crítica, la eliminación de determinadas exenciones como los premios por las Loterías y apuestas del Estado, ONCE, etc… Es evidente, como principio de equidad, que si alguien incrementa su patrimonio pague más, no?

Por otro lado, creo que es una alternativa al incremento de ingresos, la eliminación de la deducción por adquisición de vivienda habitual, cuya exención se trasladaba, sin duda alguna, a la subida de precios de los inmuebles por parte de la entidad promotora o constructora incrementando de forma descarada el valor de la vivienda y por ende creando más burbuja. Si bien este asunto tiene su parte crítica, por parte de la sociedad, creo que se debería apoyar más desde el IRPF, las deducciones por alquiler de vivienda y por reformas.